ODS.15 | ![]()
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Meta | Palabras clave | Denominacion meta | Sub-área de acción AAAA | Departamento(s) / Unidad(es) implicados | AOD sí/no | Políticas/Leyes ya existentes | Acción exterior | Indicadores globales | ¿Existe seguimiento de este indicador ? | Indicador nacional usado y medio de obtención de datos en la actualidad. | Mecanismos de seguimiento de las políticas existentes | Departamentos implicados: coordinación horizontal (otros Ministerios) y vertical (UE, CCAA y municipios) | Mecanismos de comunicación y coordinación con otros actores (sociedad civil, sector privado, academia, sindicatos, etc.) | Asignación presupuestaria / instrumentos financieros | |||||||||
15.1 | Conservar ecosistemas | Para 2020, velar por la conservación, el restablecimiento y el uso sostenible de los ecosistemas terrestres y los ecosistemas interiores de agua dulce y los servicios que proporcionan, en particular los bosques, los humedales, las montañas y las zonas áridas, en consonancia con las obligaciones contraídas en virtud de acuerdos internacionales | MAGRAMA (SGAyA - DGDRPF) SEMA | DGCEAMN (Real Decreto 401/2012, de 17 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. Ley 42/2007 del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. Real Decreto 1274/2011, de 16 de septiembre, por el que se aprueba el Plan estratégico del patrimonio natural y de la biodiversidad 2011-2017. Real Decreto 556/2011, de 20 de abril, para el desarrollo del Inventario Español del Patrimonio Natural y la Biodiversidad) | 15.1.1 Superficie forestal como proporción de la superficie total | ||||||||||||||||||
15.1.2 Proporción de lugares importantes para la diversidad biológica terrestre y del agua dulce que forman parte de zonas protegidas, desglosada por tipo de ecosistema | |||||||||||||||||||||||
15.2 | Bosques | De aquí a 2020, promover la puesta en práctica de la gestión sostenible de todos los tipos de bosques, detener la deforestación, recuperar los bosques degradados y aumentar considerablemente la forestación y la reforestación a nivel mundial | MAGRAMA (SGAyA - DGDRPF) | DGDRPF (Art 10, RD 401/2012) OECC (AECID/OECC dan seguimiento a contribuciones al programa ONU-REDD para actividades sobre esta temática en países en desarrollo) |
15.2.1 Progresos en la gestión forestal sostenible | ||||||||||||||||||
15.3 | Desertificación | De aquí a 2030, luchar contra la desertificación, rehabilitar las tierras y los suelos degradados, incluidas las tierras afectadas por la desertificación, la sequía y las inundaciones, y procurar lograr un mundo con efecto neutro en la degradación del suelo | CC.7 | MAGRAMA - SEMA | DGDRPF (Art 10, RD 401/2012) OECC (PLAN NACIONAL DE ADAPTACIÓN AL CAMBIO CLIMÁTICO) |
15.3.1 Proporción de tierras degradadas en comparación con la superficie total | |||||||||||||||||
15.4 | Montañas | De aquí a 2030, asegurar la conservación de los ecosistemas montañosos, incluida su diversidad biológica, a fin de mejorar su capacidad de proporcionar beneficios esenciales para el desarrollo sostenible | MAGRAMA (SGAyA - DGDRPF) | DGCEAMN (Real Decreto 401/2012, de 17 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. Ley 42/2007 del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. Real Decreto 1274/2011, de 16 de septiembre, por el que se aprueba el Plan estratégico del patrimonio natural y de la biodiversidad 2011-2017) | 15.4.1 Cobertura por zonas protegidas de lugares importantes para la diversidad biológica de las montañas | ||||||||||||||||||
15.4.2 Índice de cobertura verde de las montañas | |||||||||||||||||||||||
15.5 | Biodiversidad | Adoptar medidas urgentes y significativas para reducir la degradación de los hábitats naturales, detener la pérdida de biodiversidad y, de aquí a 2020, proteger las especies amenazadas y evitar su extinción | MAGRAMA - SEMA | DGCEAMN (Real Decreto 401/2012, de 17 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. Ley 42/2007 del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. Real Decreto 1274/2011, de 16 de septiembre, por el que se aprueba el Plan estratégico del patrimonio natural y de la biodiversidad 2011-2017. Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero, para el desarrollo del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas) | 15.5.1 Índice de la Lista Roja | ||||||||||||||||||
15.6 | Recursos genéticos | Promover la participación justa y equitativa en los beneficios derivados de la utilización de los recursos genéticos y promover el acceso adecuado a esos recursos, según lo convenido internacionalmente | MAGRAMA - SEMA | DGPMA
(Reglamento 511/2014; Nagoya; TIRFAA) DGDRPF (Art 10, RD 401/2012) DGCEAMN (Real Decreto 401/2012, de 17 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. Ley 42/2007 del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. Real Decreto 1274/2011, de 16 de septiembre, por el que se aprueba el Plan estratégico del patrimonio natural y de la biodiversidad 2011-2017. Reglamento UE 511/2014 relativo a medidas de cumplimiento de los usuarios del Protocolo de Nagoya en la Unión) |
15.6.1 Número de países que han adoptado marcos legislativos, administrativos y normativos para una distribución justa y equitativa de los beneficios | ||||||||||||||||||
15.7 | Caza furtiva | Adoptar medidas urgentes para poner fin a la caza furtiva y el tráfico de especies protegidas de flora y fauna y abordar la demanda y la oferta ilegales de productos silvestres | MAGRAMA - SEMA | DGCEAMN (Real Decreto 401/2012, de 17 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. Ley 42/2007 del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. Reglamentos comunitarios sobre CITES. Real Decreto 1333/2006, de 21 de noviembre, por el que se regula el destino de los especímenes decomisados de las especies amenazadas de fauna y flora silvestres protegidas mediante el control de su comercio. Plan de acción de la UE contra el tráfico de especies silvestres, y futuro plan de acción español contra el tráfico ilegal y el furtivismo internacional de vida silvestre) | 15.7.1 Proporción de vida silvestre comercializada que ha sido objeto de caza furtiva o de tráfico ilícito | ||||||||||||||||||
15.8 | Especies invasoras | De aquí a 2020, adoptar medidas para prevenir la introducción de especies exóticas invasoras y reducir significativamente sus efectos en los ecosistemas terrestres y acuáticos y controlar o erradicar las especies prioritarias | MAGRAMA - SEMA | DGCEAMN (Real Decreto 401/2012, de 17 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. Ley 42/2007 del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. Real Decreto 630/2013, de 2 de agosto, por el que se regula el Catálogo español de especies exóticas invasoras) | 15.8.1 Proporción de países que han aprobado legislación nacional pertinente y han destinado recursos suficientes para la prevención o el control de especies exóticas invasoras | ||||||||||||||||||
15.9 | Planes sensibles a medioambiente | De aquí a 2020, integrar los valores de los ecosistemas y la biodiversidad en la planificación, los procesos de desarrollo, las estrategias de reducción de la pobreza y la contabilidad nacionales y locales | MAGRAMA - SEMA | DGDRPF
(Art 10, RD 401/2012) DGCEAMN (Real Decreto 401/2012, de 17 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. Real Decreto 1274/2011, de 16 de septiembre, por el que se aprueba el Plan estratégico del patrimonio natural y de la biodiversidad 2011-2017) |
15.9.1 Avances en el logro de las metas nacionales establecidas de conformidad con la segunda Meta de Aichi para la Diversidad Biológica del Plan Estratégico para la Diversidad Biológica 2011-2020 | ||||||||||||||||||
15.a | Recursos financieros | Movilizar y aumentar significativamente los recursos financieros procedentes de todas las fuentes para conservar y utilizar de forma sostenible la biodiversidad y los ecosistemas | CC.7 | MAGRAMA - SEMA | DGCEAMN (Real Decreto 401/2012, de 17 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. Real Decreto 1274/2011, de 16 de septiembre, por el que se aprueba el Plan estratégico del patrimonio natural y de la biodiversidad 2011-2017) | 15.a.1 La asistencia oficial para el desarrollo y el gasto público en la conservación y el uso sostenible de la diversidad biológica y los ecosistemas | |||||||||||||||||
15.b | Recursos para gestión forestal | Movilizar recursos considerables de todas las fuentes y a todos los niveles para financiar la gestión forestal sostenible y proporcionar incentivos adecuados a los países en desarrollo para que promuevan dicha gestión, en particular con miras a la conservación y la reforestación | CC.7 | MAGRAMA (SGAyA - DGDRPF) | 15.b.1 La asistencia oficial para el desarrollo y el gasto público en la conservación y el uso sostenible de la diversidad biológica y los ecosistemas | ||||||||||||||||||
15.c | Lucha contra caza furtiva | Aumentar el apoyo mundial a la lucha contra la caza furtiva y el tráfico de especies protegidas, incluso aumentando la capacidad de las comunidades locales para perseguir oportunidades de subsistencia sostenibles | D.4.7 | MAGRAMA - SEMA | DGCEAMN (Real Decreto 401/2012, de 17 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. Ley 42/2007 del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. Reglamentos comunitarios sobre CITES. Real Decreto 1333/2006, de 21 de noviembre, por el que se regula el destino de los especímenes decomisados de las especies amenazadas de fauna y flora silvestres protegidas mediante el control de su comercio. Plan de acción de la UE contra el tráfico de especies silvestres, y futuro plan de acción español contra el tráfico ilegal y el furtivismo internacional de vida silvestre) | 15.c.1 Proporción de vida silvestre comercializada que ha sido objeto de caza furtiva o de tráfico ilícito |